Política de Inversión de Efectivo
El colateral aportado en efectivo como garantía será objeto de inversión por BME CLEARING, salvo que el Miembro o Cliente comunique su deseo de no inversión, en cuyo caso, decisión de no inversión, quedará depositado en la cuenta de BME CLEARING en el Eurosistema en los términos establecidos en la correspondiente Instrucción Garantías constituidas en efectivo en la cuenta de BME CLEARING en el Eurosistema.
En los casos en que BME CLEARING no tenga acceso a depósitos en cuentas de banco central y aplique por tanto la restricción impuesta por el Reglamento Delegado 153/2013 (EMIR) de no tener más del 95% de los depósitos no colateralizados, el colateral aportado en efectivo será siempre objeto de inversión, no pudiendo el Miembro o Cliente, en estos casos, solicitar la no-inversión de sus garantías.
BME CLEARING podrá invertir las garantías constituidas en efectivo mediante operaciones de compraventa simultáneas, classic repos (reverse), o por compra directa, ya sea mediante operaciones bilaterales o mediante la participación de BME CLEARING en plataformas de inversión, bajo las siguientes condiciones:
- El colateral aceptado como garantía de la inversión deberá tratarse de Deuda soberana aceptada como garantía en BME CLEARING. Adicionalmente, para classic repos realizados en la plataforma CO:RE el colateral aceptado para la inversión podrá tratarse de valores contenidos en la cesta SNB GC - L1 según la lista de colateral elegible para SNB repos que publica el Banco Nacional Suizo (SNB).
- Las contrapartidas de la inversión tendrán como mínimo, un coeficiente de solvencia entre S1 y S7, de acuerdo con la Circular General de Cómputo de los Recursos Propios y la solvencia.
- BME CLEARING establecerá límites crediticios según el coeficiente de Solvencia asignado a las contrapartidas y a los emisores. En el caso de operaciones de compra directa, adicionalmente, se considerarán los siguientes límites de concentración:
- La exposición de la inversión a un emisor no puede superar el 25% del total de los recursos líquidos a invertir por BME CLEARING.
- La exposición de la inversión no puede exceder el 10% del saldo en circulación de una emisión.
- Con carácter general, en el caso de operaciones de simultáneas o classic repos (reverse) bilaterales, BME CLEARING aplicará los recortes de valoración recogidos en la Circular General de Valoración de activos aceptados como garantía, a los activos depositados en la cuenta de valores de BME CLEARING en IBERCLEAR, CLEARSTREAM, EUROCLEAR o SIX SIS, recibidos como resultado de haber invertido parte de las garantías depositadas en efectivo en una simultánea o un classic repo con el Miembro Compensador y/o contrapartida. Para aquellas simultáneas o classic repos con un plazo de recompra mayor a un día, se llevará a cabo una monitorización de la evolución del precio y ajuste de garantías en caso de consumo del recorte de valoración aplicado.
Cuando las operaciones de simultáneas o repos sean objeto de gestión de colateral mediante mecanismos triparty que valoran y ajustan el valor del colateral de la operación de forma automática, o cuando se trate de operaciones de compra directa, BME CLEARING no aplicará recortes de valoración.