Requisitos de solvencia
Los requisitos de solvencia exigibles a los Miembros para actuar en cada segmento se determinan en las correspondientes Condiciones Generales y son los siguientes:
Segmento de Derivados Financieros
- Para adquirir la condición de Miembros No Compensador por Cuenta Propia, las entidades interesadas deberán disponer de un nivel de recursos propios mínimo 50.000€.
- Para adquirir la condición de Miembro Compensador General, las entidades interesadas deberán disponer de un nivel de recursos propios mínimo de 25.000.000€.
- Para adquirir la condición de Miembro Compensador Individual, las entidades interesadas deberán disponer de un nivel de recursos propios mínimo de 3.500.000€.
Segmento de Renta Variable
- Los Miembros Compensadores Individuales deberán contar con un nivel de recursos propios mínimo de 3.500.000€.
- Los Miembros Compensadores Generales deberán contar con un nivel de recursos propios mínimo de 25.000.000€, cuando hayan suscrito un contrato con un máximo de cuatro Miembros No Compensadores, y de 5.000.000€ adicionales por cada cuatro Miembros No Compensadores adicionales con los que hayan suscrito el correspondiente contrato, con un máximo de 45.000.000€.
Segmento de Renta Fija/Repo
- Los Miembros No Compensadores Por Cuenta Propia y los Miembros No Compensadores Ordinarios por Cuenta Propia deberán contar con un nivel de recursos propios mínimo de 40.000.000€.
- Los Miembros Compensadores Individuales deberán contar con un nivel de recursos propios mínimo de 40.000.000€.
- Los Miembros Compensadores Generales deberán contar con un nivel de recursos propios mínimo de 125.000.000€.
Segmento de Derivados de Energía
- Los Miembros No Compensadores por Cuenta Propia y los Miembros No Compensadores Ordinarios por Cuenta propia mantendrán unos recursos propios de acuerdo con lo que BME Clearing establezca por Circular y que deberán ser como mínimo de cincuenta mil 50.000€.
- Para adquirir la condición de Miembro Compensador Individual, las entidades interesadas deberán disponer de un nivel de recursos propios mínimo de 3.500.000€.
- Para adquirir la condición de Miembro Compensador General, las entidades interesadas deberán disponer de un nivel de recursos propios mínimo de 25.000.000€.
Segmento de Derivados de Tipos de Interés
- Los Miembros Compensadores deberán contar con un nivel de recursos propios mínimos de 40.000.000€.