La Compensación, Agregación y consiguiente creación de las Instrucciones de Liquidación (ILs) tendrá lugar entre las 19:00 y 20:00 del día hábil anterior a la Fecha Teórica de Liquidación (FTL).
Con independencia del tipo de Cuenta de posición en que se registren, las Instrucciones de Liquidación que corresponden a las Transacciones iniciales, o de ida, de las simultáneas/repos que se registren en tiempo real en su Fecha Teórica de Liquidación, se enviarán a liquidar en tiempo real individualmente y en bruto.
BME Clearing llevará a cabo la Compensación o la Agregación de las Transacciones registradas en una misma Cuenta de posición en función del tipo de Cuenta de que se trate, diferenciando entre Cuentas de posición de Registro Neto y Cuentas de posición de Registro Bruto:
No forman parte del proceso de neteo las Transacciones fallidas pendientes de liquidar de sesiones anteriores, que serán tratadas en bruto. También serán tratadas en bruto las operaciones de Recompra que genere BME Clearing en la Gestión de Incidencias en la Liquidación.
Cuando BME Clearing crea las Instrucciones de Liquidación, las Transacciones originales se dan de baja y son sustituidas en los registros de BME Clearing por las Instrucciones de Liquidación. Las entidades sólo son responsables del cumplimiento de las obligaciones de pago de efectivo y entrega de valores resultantes de dichas Instrucciones de Liquidación.
En lo referente a los valores, la compensación dará lugar a instrucciones netas compradoras, vendedoras o nulas. Mientras que, en lo referente al efectivo, la compensación dará lugar a instrucciones sin pago o con pago (recibiendo o entregando efectivo).
Las Instrucciones de Liquidación que se generan y envían a Iberclear pueden ser de los siguientes tipos: