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Registro de operaciones

El registro de una operación en BME ClearingRenta Fija conlleva la novación automática de los derechos y deberes del comprador y vendedor. Estos se extinguen surgiendo nuevos derechos y obligaciones frente a BME Clearing contrapartida única: comprador frente al vendedor y vendedor frente al comprador. Dando de esta manera, mayor eficacia a las liquidaciones mediante el neteo y el control del proceso de entrega de valores y efectivo.

Se admiten a registro operaciones Simultáneas y Repos clásicos en deuda española, italiana, portuguesa, francesa, alemana, austriaca y holandesa. El estándar de mercado son simultáneas para deuda española y repos clásicos para deudas europeas, sin embargo, BME Clearing ofrece la posibilidad de registrar operaciones diferentes al estándar de mercado.

Los Activos Subyacentes de las Operaciones admitidas a registro son:

  • Bonos y Obligaciones Soberanos con cupón fijo, variable y sujetos a la inflación.
  • Letras del Tesoro.

No se aceptan strips de deuda, ni operaciones con plazos que superen los 36 meses.

BME Clearing está autorizada para registrar operaciones simples o a vencimiento y dobles, simultáneas o repos clásicos.

Las Operaciones se pueden recibir de las Plataformas de Negociación SENAF y BrokerTec y admitidos a Liquidación en IBERCLEAR, el cual también actua como Plataforma. Adicionalmente, BME Clearing permite el registro directo de operaciones a través de la ECC.

En el Registro Central y para el Segmento de Renta Fija se pueden abrir distintos tipos de Cuentas de Compensación:

  • Cuenta Propia, cuyo titular es un Miembro, en la que se registran las Posiciones propias de Miembro.
  • Cuenta de Cliente Individual (ISA), cuyo titular puede ser cualquier persona física o jurídica y reflejará en todo momento la Posición del Cliente.
  • Cuenta de Clientes con Segregación (OSA), con posiciones de varios Clientes, cuyo titular es un Miembro, que puede ser de registro bruto o neto.

La Cuenta Propia de Compensación sólo puede apuntar a una Cuenta de Liquidación Propia o Individual en IBERCLEAR, mientras que la Cuenta de Cliente Individual además puede apuntar a una Cuenta de Terceros en IBERCLEAR. La cuenta de Clientes con Segregación sólo puede apuntar a una Cuenta de Terceros en IBERCLEAR.

La apertura de BME CLEARING Renta Fija de cuentas de Compensación que apunten a una Cuenta de Terceros en Iberclear está condicionada a una petición previa del Miembro interesado.

La comunicación y el intercambio de información entre los diferentes participantes que intervienen en el registro de operaciones en BME Clearing Renta Fija se muestra en el siguiente cuadro:

 

Esquema de la comunicación y el intercambio de información

 

(1) BME Clearing (Entidad de Contrapartida Central o ECC) recibirá en tiempo real información de las operaciones que se desean novar procedentes de IBERCLEAR o de las Plataformas SENAF y BrokerTec.

(2) BME Clearing confirmará la novación de la operación a la Plataforma.

(3) BME Clearing calcula el riesgo de cada Cuenta en tiempo real y a final de la sesión calcula el riesgo de cada Miembro Compensador por la posición pendiente de liquidar, exigiendo el depósito de garantías a la mañana siguiente.

(4) BME Clearing genera las instrucciones de liquidación y las envía a T2S a través del Depositario Central de Valores (IBERCLEAR), y éste a sus entidades.

(5) BME Clearing proporcionará a sus Miembros, e IBERCLEAR a las Entidades Participantes, el resultado de la liquidación y BME Clearing gestionará los fallidos que se produzcan. 

(6) Órdenes de pago y cobro de garantías depositadas en efectivo.

(7) Bloqueo/desbloqueo de garantías depositadas en valores.

(8) Inversión del efectivo mediante simultáneas.

(9) Si corresponde, pago de intereses resultantes de la inversión.

(10) Órdenes de pago y cobro (pago de comisiones, penalizaciones por fallidos, etc.).

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