Gestión de
Riesgo

Riesgo de Concentración

Cuando en una cartera se tiene una posición con una exposición superior a un determinado nivel, se dirá que la cartera está concentrada, es decir, tiene un mayor riesgo de concentración en dicha posición.

Lo mismo sucedería si el colateral en valores que se aporta para cubrir la garantía también se concentrara en unos determinados valores. Habrá riesgo de concentración en el colateral aportado.

La finalidad de BME CLEARING es la de eliminar el riesgo de contrapartida y garantizar el buen fin de las operaciones constituyéndose como contrapartida única en todas las operaciones que se realizan.

Si una contrapartida incumple, BME CLEARING intentará primero cerrar las posiciones de dicha contrapartida e intentará traspasar las posiciones de sus clientes a otro Miembro y podrá ejecutar total o parcialmente el colateral en valores en que se hayan materializado las Garantías.

Si existe una concentración en la posición o en el colateral, el proceso se complica. Una gran posición es más complicada de cerrar.

Para evitar el riesgo de concentración en el caso del colateral aportado como garantía, se establecerán Límites de Concentración que están explicados en detalle en el apartado de “Activos Admitidos” dentro “Gestión de Garantías”.

En el caso de que una Cuenta de Posición registre una posición que pueda considerarse como  “gran posición”, BME CLEARING aumentará en un determinado porcentaje el intervalo de la Garantía por Posición exigida, según se especifica en las Circular “Garantías Adicionales para Grandes Posiciones” de cada Segmento.

Para determinar si una posición es grande o no, se usará el Volumen Medio Diario, explicado en detalle en la Circular General “Volumen Medio Diario”.

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